Repartir una herencia sin testamento: pasos, porcentajes y derechos

¿Quién tiene más derecho a heredar, el cónyuge viudo o los hijos? ¿Cómo se reparte el legado? Resolvemos todas las dudas

Cómo se divide una herencia sin testamento

Las herencias suelen ser una fuente de conflictos si no se dejan claramente organizadas. Cuando una persona muere con testamento, el reparto de su legado es sencillo. Ahora bien, cuando fallece sin testamento, se complica el asunto.

Pasos para repartir una herencia sin testamento

Estos son los pasos a seguir para aceptar una herencia sin que se haya realizado testamento alguno:

Reunir la documentación necesaria

La herencia sin testamento es lo que se conoce como sucesión intestada o ‘abintestato’. Ante la ausencia de testamento es necesario encontrar a los herederos que les corresponde la herencia. Para ello, se debe:

Presentar un certificado original de defunción

Presentar un certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad que acredite que no existe testamento

Preparar la declaración de herederos

Dependiendo del caso, podrán ser necesarios documentos que certifiquen el parentesco con el fallecido, como certificados de nacimiento, libro de familia, etc.

 

Definir quiénes son los herederos de una herencia sin testamento

El Código Civil enumera los herederos de una herencia sin testamento y establece un orden:

Descendientes: Hijos y descendientes de estos. Si hubiera varios hijos, heredarán por partes iguales.

Ascendientes: Si no hay hijos, los padres del fallecido serán los beneficiarios. Si solo vive uno de ellos, heredará la mitad y la otra mitad la recibirán los hermanos del fallecido.

Cónyuge: Si no hay descendientes ni ascendientes, el cónyuge es el beneficiario.

Hermanos e hijos de hermanos (sobrinos): Si no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge.

Otros parientes colaterales hasta el cuarto grado: Primos hermanos.

El Estado: Si no existieran ninguno de los parientes mencionados.

 

Saber qué bienes componen la herencia

Una vez identificados los herederos, se debe elaborar un inventario de bienes del fallecido. Esto incluye propiedades, cuentas bancarias, acciones, vehículos, joyas y cualquier otro activo. Asimismo, se deben considerar las deudas y cargas pendientes. Si el fallecido tenía un seguro de fallecimiento, puedes verificarlo a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia.

División de la herencia

La división debe ser proporcional según la ley y el número de herederos. En casos complicados o si hay desacuerdos entre los herederos, se puede solicitar la intervención de un abogado especializado en derecho sucesorio, que será quien conozca la forma de repartir la herencia conforme a la ley.

Pago de impuestos por la herencia sin testamento

En España, es necesario liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La cantidad a pagar de este tributo varía según la comunidad autónoma y depende del grado de parentesco con el fallecido, el valor de la herencia y la situación personal del heredero.

Cabe recordar que se puede rechazar la herencia, por ejemplo, si la deuda que deja el fallecido es inasumible o el testamento no compensa a nivel económico.

Inscripción de bienes

Una vez repartida la herencia y pagados los impuestos, es necesario inscribir los bienes en los registros correspondientes, como el Registro de la Propiedad en caso de las viviendas e inmuebles.

Herencia sin testamento

Reparto de bienes de la herencia sin testamento

En el caso de que exista una viuda o viudo y también hijos, para el reparto de la herencia se tendrán que tener en cuenta las siguientes cuestiones:

Derechos de la viuda o viudo

La viuda o el viudo tiene derecho al usufructo de un tercio de la herencia, lo que se conoce como “tercio de mejora”. Esto significa que, aunque no es propietario total de ese tercio, tiene el derecho de usarlo o de obtener rendimientos de él (por ejemplo, si se trata de una vivienda, podría vivir en ella o alquilarla).

Derechos de los hijos

Tercio de legítima: Los hijos tienen derecho a dividir entre ellos, a partes iguales, dos tercios de la herencia. Uno de estos tercios es el llamado “tercio de legítima”, que se reparte por igual entre todos los hijos.

Tercio de mejora: El otro tercio es el “tercio de mejora”, del cual la viuda o el viudo tiene el usufructo, pero la propiedad corresponde a los hijos. Esto implica que, aunque la viuda o el viudo puede usarlo, los hijos son los propietarios y, por lo tanto, a la muerte del cónyuge superviviente, este tercio revierte completamente a los hijos.

 

Tercio de libre disposición: Si no hay testamento, este tercio se reparte también entre los hijos de forma equitativa.

Es importante mencionar que estos porcentajes no implican que se divida físicamente la herencia en tercios. Es decir, no significa que, si hay una casa, por ejemplo, se vaya a dividir en tres partes. Lo que se hace es valorar todos los bienes y derechos de la herencia y, sobre ese valor, se aplican los porcentajes.

Si hay bienes concretos, como una vivienda, y todos los herederos están de acuerdo, se puede vender y repartir el dinero obtenido según los porcentajes establecidos. Si no hay acuerdo, se puede solicitar una división judicial de la herencia.

Finalmente, es esencial destacar que, aunque la ley establezca estas reglas, los herederos siempre pueden llegar a acuerdos entre ellos para modificar la distribución, siempre que todos estén de acuerdo.

Caso práctico del reparto de la herencia sin testamento

José, un hombre casado y con dos hijos, fallece sin haber dejado testamento. Es propietario de una casa valorada en 300.000 euros, un coche valorado en 15.000 euros y una cuenta bancaria con 45.000 euros. No tiene deudas pendientes.

Distribución de la herencia

Hijos: Como José tenía hijos, estos son los herederos directos. La herencia total asciende a 360.000 euros (300.000 + 15.000 + 45.000). Los hijos heredan dos tercios de la herencia, es decir, 240.000 euros, que se divide entre los dos: 120.000 euros para cada hijo.

Viuda: La esposa de José tiene derecho al usufructo del tercio de mejora, es decir, al usufructo de 120.000 euros. Esto significa que puede hacer uso y obtener rendimientos de esa cantidad, pero no puede gastarla o venderla sin el consentimiento de sus hijos, que son los propietarios natos de ese tercio. Además, la viuda tiene derecho al usufructo del tercio de libre disposición, lo que le proporciona derechos sobre otro tercio de la herencia, aunque los hijos mantienen la propiedad.

Por tanto, los hijos se convierten en los propietarios de toda la herencia (360.000 euros), pero la viuda tiene el derecho de usufructo sobre una parte significativa de ella (240.000 euros). Esto podría traducirse, por ejemplo, en que la viuda vive en la casa y utiliza el coche mientras esté viva, pero a su muerte, la propiedad total recae sobre los hijos. Si quisieran vender algún bien, necesitarían el acuerdo de todos.

¿Cuánto cuestan los trámites de la herencia sin testamento?

El coste de los trámites para una herencia sin testamento comienza con la obtención gratuita del modelo 790, que, a pesar de ser descargable en el Ministerio de Justicia o en el Registro Civil, conlleva una tasa de 3,74 euros al cumplimentarlo y presentarlo en un banco o entidad colaboradora.

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