El Supremo establece esa condición para que el propietario quede exento de abonar el impuesto municipal
Quien haya perdido dinero con la venta de una vivienda no tendrá que pagar el impuesto de plusvalía, pero solo si lo demuestra. El Tribunal Supremo ha determinado este lunes que los que quieran eludir el pago municipal al vender una casa tendrán que demostrar que no obtuvieron ninguna ganancia en esa transacción.
Esta sentencia matiza la nulidad de algunos artículos de la ley de Haciendas Locales decretada por el Tribunal Constitucional de febrero de 2017, que anulaba el impuesto municipal sobre la plusvalía estableciendo que «en ningún caso podrá el legislador establecer un tributo tomando en consideración actos o hechos que no sean exponentes de una riqueza real o potencial». Es decir, tanto el Constitucional como el Supremo establecen que no hay que pagar impuesto si no ha habido ganancia, pero el segundo establece que a partir de ahora deberá haber una demostración con pruebas para que no se aplique el pago.
¿Y qué pruebas pueden ser esas? La sentencia del Alto Tribunal establece que el sujeto podrá ofrecer cualquier principio de prueba como es, por ejemplo, la diferencia entre «el valor de adquisición y el de transmisión que se refleja en las correspondientes escrituras públicas».
Además, será la Administración la que podrá revisar lo expuesto y, en tal caso, aportar sus pruebas de que sí hubo ganancia. A su juicio, una plusvalía real y efectiva es «perfectamente constatable» con los medios de comprobación que establece la Ley General Tributaria.
El Ministerio de Hacienda tiene pendiente la reforma del impuesto, que ahora debe adaptarse a la doctrina del Constitucional y a la sentencia del Supremo. Fuentes consultadas consideran que esta sentencia otorga «seguridad jurídica» al concretar las interpretaciones de algunos tribunales.